8/1/10

CRÍTICA [Plaza Futura]



Desde luego, sigo siendo fiel usuario de lo que podria llamarse el "basamento" de Torre Futura, la ahora conocida PLAZA FUTURA. En efecto la intención que tuvo KMD Architects de integrar la parte existente con lo proyectado se logró muy bien al crear un área conceptualmente complementaria, que en definitiva atraería un público que brindaría dinamismo a lo que, en nuestro pais, se conoció tradicionalmente como centro de oficinas.
PLAZA FUTURA tiene la bondad de introducir en su concepto de plaza una serie de jardines y techos vivos que, a criterio de los diseñadores, harían que el complejo se integrara al sutil verde de la colonia Escalón, así tenemos un área comercial y de entretenimiento en la que, haciendo uso de diferencias de nivel, se integran dunas verdes con árboles y arbustos, en lo personal me parece genial. Una de las dificultades que se pudo haber tenido en la integración con el área existente es la diferencia de niveles, sin embargo una imponente escalinata resuelve esta situación dando a la Torre I una sensación de mayor altura; pese a que esta solución logró esa integración, al parecer se omitió algo escencial en un recinto público, la accesibilidad.
En el año 2003, en el marco de creación del Consejo Nacional de Atención Integral a la Persona con Discapaciad, CONAIPD (1993), se establecieron las "Normas técnicas de accesibilidad arquitectónicas, urbanísticas, transporte y comunicaciones", se trata de un documento con 43 páginas, muy rico en ilustraciones, tal como si hubiera sido escrito para arquitectos.
En pleno 2010, San Salvador estrena una nueva área comercial que apuesta a no ser competencia de nadie sino ser un elemento innovador pero que, sin embargo, no tomó en consideración ser accesible con la primera etapa del proyecto; tampoco se trata de que PLAZA FUTURA sea inaccesible, pero al contar con espacios abiertos de tal calidad, es injusto que no exista una rampa adecuada para acceder hacia la Torre I ya sea desde el nivel 6 (donde se ubica la plaza) o desde el 7 (donde se ubica el espejo de agua). Tanto las ilustraciones de las normas antes mencionadas como los estándares internacionales de accesibilidad son claros en explicar los criterios a tomar en cuenta al momento de diseñar recintos públicos, pero es deber de las instituciones locales hacer valer esas normas, lo que no se trata solo de aplicarlas sino de humanizar las edificaciones.

Nota: la imagen de esta entrada no pertenece al autor de este blog.